jueves, 7 de junio de 2012

DERECHO PUBLICO- Comunicado de la cátedra

La cátedra comunica que:

Si un alumno desaprobó los dos parciales o estuvo ausente en los dos parciales no puede rendir el recuperatorio. En otras palabras, sólo puede rendir si aprobó o estuvo ausente en uno de los parciales y ese es el que debe rendir en el recuperatorio.

07/06/12